Observaciones Generales de los Comités de la ONU e informes temáticos de los relatores de la ONU y la CIDH

En esta sección recopilamos las principales observaciones generales de los comités de la ONU y los informes temáticos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en lo que respecta al tratamiento de los derechos sexuales y reproductivos.

Cada observación/informe temático cuenta con una sumilla, palabras claves y selección de párrafos relevantes.

Dada su naturaleza no jurisdiccional o cuasi jurisdiccional, las observaciones generales de los Comités de la ONU no son per se vinculantes. No obstante, los Estados deben considerar sus aportes en atención al principio de buena fe (European Commission for Democracy Through Law, 2014), dado que estas observaciones generales “en la práctica equivalen a un ejercicio de interpretación sobre el contenido y el alcance de las obligaciones contenidas en ciertas disposiciones del respectivo tratado” (Faleh y Villán, 2016 - 2017).

Es innegable el aporte de estas observaciones generales en la actividad jurisdiccional, por ejemplo, en la labor de las cortes regionales de derechos humanos, que han recogido sus aportes en su jurisprudencia con el fin de determinar los estándares de protección de un derecho en específico.

Fuente: Material de estudio del Hilo Temático N° 3 de la Ruta de Aprendizaje Virtual del Proyecto JUSFEM (2024)

Dentro de las competencias de la CIDH se encuentra la elaboración de informes temáticos, los cuales recogen el balance de la SIDH sobre temas y/o grupos en situación de vulnerabilidad específicos. Si bien tampoco revisten de vinculatoriedad, sus interpretaciones y propuestas tienen un valor doctrinario.

Fuente: Material de estudio del Hilo Temático N° 3 de la Ruta de Aprendizaje Virtual del Proyecto JUSFEM (2024)

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Comité de Naciones Unidas
Temas específicos
Derechos
Factores de vulnerabilidad
Año
2014
Instrumento
Observación General conjunta N°31/18
Órgano
Comité CEDAW - Comité de los Derechos del Niño
Sistema
SUDH

Sumilla

Los Comités CEDAW y de los Derechos del Niño reconocen la obligación inmediata de los Estados, sin justificación cultural o religiosa alguna, de prever y aprobar leyes, políticas y medidas adecuadas para eliminar la discriminación que da lugar a prácticas nocivas como la Mutilación Genital Femenina y el matrimonio infantil, acciones que requieren coordinación horizontal en todos los sectores de la sociedad y la creación de mecanismos de vigilancia.

Año
2000
Instrumento
Observación General N° 14
Órgano
Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Sistema
SUDH

Sumilla

El Comité interpreta el derecho a la salud como la obligación de garantizar servicios de salud sexual y reproductiva integrales, que sean disponibles, accesibles, aceptables y de calidad, incluyendo planificación familiar, prevención de ITS, atención prenatal/postnatal y obstétrica, e información sobre maternidad segura, para reducir la mortalidad materna e infantil; eliminar la discriminación contra la mujer mediante una estrategia nacional con perspectiva de género; y asegurar la atención confidencial e informada de la salud de los adolescentes, facilitando su participación en decisiones de salud, siempre en función de su interés superior.

Año
2018
Instrumento
Observación General N° 4
Órgano
Comité contra la tortura
Sistema
SUDH

Sumilla

El Comité considera que el riesgo de tortura debe ser evaluado cuidadosamente, tomando en cuenta factores como la aplicación de la pena de muerte, especialmente en casos de personas embarazadas o lactantes, así como en casos en que la identidad de género exponga a la persona a un riesgo personal, previsible y real.

Año
2008
Instrumento
Observación General N° 2
Órgano
Comité contra la tortura
Sistema
SUDH

Sumilla

El Comité indica a los Estados considerar el género como un factor clave en la protección contra la tortura, identificando riesgos específicos para mujeres, niñas y otras personas debido a la interrelación con otros factores como la raza, nacionalidad u orientación sexual; y reportar  las situaciones de riesgo, como la privación de libertad, tratamientos médicos relacionados con la reproducción y actos de violencia de particulares, y las medidas adoptadas para prevenir dichas violaciones y sancionar a los responsables.

Año
2022
Instrumento
Observación General N° 8
Órgano
Comité de los derechos de las personas con discapacidad
Sistema
SUDH

Sumilla

El Comité establece la obligación de los Estados partes de garantizar que las personas con discapacidad, incluidas las mujeres embarazadas, puedan acceder a derechos laborales en igualdad de condiciones, lo que incluye la adopción de políticas que aseguren una licencia parental remunerada, cuidados infantiles accesibles y adecuados, y una protección social que no perjudique a las personas con discapacidad en el contexto del embarazo y la crianza. Además, se deben implementar medidas para prevenir la explotación laboral y la violencia de género, promoviendo un cambio cultural que apoye la igualdad y la protección social de las personas con discapacidad.