Observaciones finales a informes periódicos

En esta sección recopilamos las observaciones finales a informes periódicos en materia de derechos sexuales y reproductivos. A través de estas observaciones, los comités de la ONU emiten una serie de recomendaciones a los Estados relacionadas a la adopción de medidas de carácter legislativo, administrativo, entre otras, con el fin de adecuar la práctica estatal a las obligaciones internacionales que adquirieron como Estados parte del tratado en cuestión (Red de Derechos Humanos y Educación Superior, 2013).

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Temas específicos
Comité de Naciones Unidas
Año
2025
Comité
Comité de los Derechos del Niño
Observación
Observaciones finales sobre el informe periódicos séptimo del Ecuador

[Violencia sexual]

La inexistencia de medidas para remediar la falta de cooperación de la Iglesia católica con las investigaciones sobre los casos de abuso sexual de niños cometidos por clérigos católicos;

La falta de recursos jurídicos y servicios adecuados para los niños víctimas de abusos sexuales y de campañas públicas para sensibilizar a las familias y la población general sobre el daño que causa el abuso sexual de niños.

[Violencia sexual]

👉 Poder Ejecutivo: Cree una comisión independiente de la verdad que investigue a fondo los casos de abuso sexual cometidos por clérigos de la Iglesia católica;

👉 Poder Legislativo: Ninguna

👉 Poder Judicial: Vele por que se denuncien e investiguen sin demora todos los casos de maltrato infantil, incluidos los abusos sexuales dentro y fuera de Internet.

[Violencia sexual]

👉 Poder Ejecutivo: No se dispone de información sobre acciones que contribuyan al cumplimiento de dicha recomendación.

👉 Poder Legislativo: El Comité no formuló ninguna recomendación relacionada con las competencias del Poder legislativo, ni se dispone de información sobre acciones que contribuyan al cumplimiento de dicha recomendación.

👉 Poder Judicial: No se dispone de información sobre acciones que contribuyan al cumplimiento de dicha recomendación.

Año
2025
Comité
Comité de los Derechos del Niño
Observación
Observaciones finales sobre el informe periódicos séptimo del Ecuador

[VIH/SIDA]

Evalúe y actualice el Plan Estratégico Nacional Multisectorial para la Respuesta al VIH/SIDA e Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) (2018-2022).

[VIH/SIDA] 

👉 Poder Ejecutivo:

  • Mejorar el tratamiento de seguimiento de las madres portadoras del VIH/sida y sus hijos para lograr un diagnóstico precoz y un inicio temprano del tratamiento;
  • Mejore el acceso de las mujeres embarazadas portadoras del VIH a la terapia antirretrovírica y a la profilaxis, y la cobertura de dicha terapia;
  • Revise políticas sobre el VIH/sida y armonizarlas con las relacionadas con la salud sexual y reproductiva de los adolescentes.

👉 Poder Legislativo: Revisar las leyes sobre el VIH/sida y armonizarlas con las relacionadas con la salud sexual y reproductiva de los adolescentes, a fin de asegurarse de que estos tengan acceso a servicios confidenciales en los que puedan hacerse pruebas del VIH y obtener asesoramiento al respecto sin necesidad de consentimiento parental. Que los profesionales que prestan dichos servicios respeten plenamente los derechos de los adolescentes a la vida privada y a no ser discriminados;

👉 Poder Judicial: Ninguna 

[VIH/SIDA] 

👉 Poder Ejecutivo: El Estado está realizando un estudio de Enfermedad Avanzada de VIH  que busca implementar diagnósticos oportunos para la detección de enfermedades fatales en las personas que viven con VIH/SIDA.

👉 Poder Legislativo: No se dispone de información sobre acciones que contribuyan al cumplimiento de dicha recomendación.

👉 Poder Judicial:El Comité no formuló ninguna recomendación relacionada con las competencias del Poder judicial, ni se dispone de información sobre acciones que contribuyan al cumplimiento de dicha recomendación.

Año
2025
Comité
Comité de los Derechos del Niño
Observación
Observaciones finales sobre el informe periódicos séptimo del Ecuador

[Educación sexual integral] 

El gran número de casos de abuso sexual de niños cometidos por profesionales
que no se denuncian y los alarmantes índices de impunidad que generan desconfianza en las instituciones y la normalización de la violencia;

El hecho de que no se haya adoptado ni una sola medida para dar cumplimiento
a la sentencia dictada en 2020 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Guzmán Albarracín y otras vs. Ecuador.

[Educación sexual integral] 

👉 Poder Ejecutivo: Se asegure de que el personal médico y docente y el resto de la plantilla escolar rindan cuentas por no denunciar el abuso sexual de niños;

👉 Poder Legislativo: Ninguna

👉 Poder Judicial: Aplique a la mayor brevedad la sentencia dictada en 2020 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Guzmán Albarracín y otras vs. Ecuador y ponga en marcha módulos de formación para fiscales y jueces al objeto de poner fin a los alarmantes niveles de impunidad de casos similares;

[Educación sexual integral] 

👉 Poder Ejecutivo: 

  • En 2023, se creó la Estrategia Nacional de Educación Integral en Sexualidad (ENEIS) cuyo objetivo es brindar lineamientos para la implementación, apoyo y seguimiento de Educación Integral en Sexualidad en el nivel nacional, zonal, distrital y de instituciones educativas de todos los sostenimientos del Sistema Nacional de Educación. La Estrategia plantea la conformación de Redes de Educación integral en Sexualidad a nivel nacional, zonal/ provincial y distrital con la finalidad de poder planificar, monitorear y evaluar el proceso de su implementación.
  • Se creó la “Estrategia Nacional para la erradicación de la violencia sexual en el ámbito educativo 2021-2025”. Esta Estrategia tiene 4 ejes: prevención: atención; acceso a la justicia y protección integral; y, generación de información. Según el informe de marzo del 2022 emitido por el Ecuador, la Estrategia ha sido trabajada en conjunto con las instituciones competentes, con enfoque de derechos y, tomando en cuenta las observaciones de las organizaciones de la sociedad civil. Esta estrategia se creó en el marco del cumplimiento de las medidas de no repetición ordenadas por la Corte IDH en el que se declaró la responsabilidad internacional del Estado por el caso Paola Guzmán Albarracín y otras vs. Ecuador.
  • Se creó la Política Pública para erradicar la violencia sexual en el ámbito educativo 2024-2030. Se dispuso la creación de una mesa interinstitucional para dar seguimiento y cumplimiento objetivo para la implementación y evaluación de la política pública.

👉 Poder Legislativo: El Comité no formuló ninguna recomendación relacionada con las competencias del Poder legislativo, ni se dispone de información sobre acciones que contribuyan al cumplimiento de dicha recomendación.

👉 Poder Judicial: No se dispone de información sobre acciones que contribuyan al cumplimiento de dicha recomendación.

Año
2024
Comité
Comité de Derechos Humanos
Observación
Observaciones finales sobre el informe periódico octavo del Ecuador

[Educación sexual integral]

La alta incidencia del femicidio y la violencia sexual y el reducido número de condenas por estos delitos, la insuficiencia de los servicios de protección.

La violencia sexual es frecuente en escuelas y hogares y no existen mecanismos de denuncia adecuados, en especial , en particular de niñas afrodescendientes, indígenas y de las que viven en zonas rurales y remotas.

 

 

 

 

[Educación sexual integral]

👉 Poder Ejecutivo:Proporcionar una formación eficaz a los funcionarios públicos, incluidos los jueces, abogados, fiscales, agentes del orden y proveedores de asistencia social y de salud, sobre cómo tratar los casos de violencia contra la mujer.

👉 Poder Legislativo: Ninguna.

👉 Poder Judicial:Proporcionar una formación eficaz a los funcionarios públicos, incluidos los jueces, abogados, fiscales, agentes del orden y proveedores de asistencia social y de salud, sobre cómo tratar los casos de violencia contra la mujer.

[Educación sexual integral]

👉 Poder Ejecutivo: 

  • En 2023, se creó la Estrategia Nacional de Educación Integral en Sexualidad (ENEIS) cuyo objetivo es brindar lineamientos para la implementación, apoyo y seguimiento de Educación Integral en Sexualidad en el nivel nacional, zonal, distrital y de instituciones educativas de todos los sostenimientos del Sistema Nacional de Educación. La Estrategia plantea la conformación de Redes de Educación integral en Sexualidad a nivel nacional, zonal/ provincial y distrital con la finalidad de poder planificar, monitorear y evaluar el proceso de su implementación.
  • Se creó la “Estrategia Nacional para la erradicación de la violencia sexual en el ámbito educativo 2021-2025”. Esta Estrategia tiene 4 ejes: prevención: atención; acceso a la justicia y protección integral; y, generación de información. Según el informe de marzo del 2022 emitido por el Ecuador, la Estrategia ha sido trabajada en conjunto con las instituciones competentes, con enfoque de derechos y, tomando en cuenta las observaciones de las organizaciones de la sociedad civil. Esta estrategia se creó en el marco del cumplimiento de las medidas de no repetición ordenadas por la Corte IDH en el que se declaró la responsabilidad internacional del Estado por el caso Paola Guzmán Albarracín y otras vs. Ecuador.
  • Se creó la Política Pública para erradicar la violencia sexual en el ámbito educativo 2024-2030. Se dispuso la creación de una mesa interinstitucional para dar seguimiento y cumplimiento objetivo para la implementación y evaluación de la política pública.

👉 Poder Legislativo: El Comité no formuló ninguna recomendación relacionada con las competencias del Poder legislativo, ni se dispone de información sobre acciones que contribuyan al cumplimiento de dicha recomendación.

👉 Poder Judicial: El Comité no formuló ninguna recomendación relacionada con las competencias del Poder judicial, ni se dispone de información sobre acciones que contribuyan al cumplimiento de dicha recomendación.

Año
2024
Comité
Comité de Derechos Humanos
Observación
Observaciones finales sobre el informe periódico octavo del Ecuador

[Discriminación basada en OSIEG]

La estigmatización, las actitudes discriminatorias y la violencia hacia las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales (LGBTI) en el Estado parte.

El limitado número de investigaciones y enjuiciamientos de los delitos motivados por la discriminación y el odio.

La falta de una ley que garantice el reconocimiento jurídico y de protección de las parejas del mismo sexo y las familias homoparentales, y lamenta la falta de información proporcionada por el Estado parte al respecto.

 

 

 

 

[Discriminación basada en OSIEG]

👉 Poder Ejecutivo:

  • Combatir los prejuicios, el discurso de odio y la violencia contra las personas LGBTI, entre otras cosas incrementando las campañas de educación y sensibilización de la población, e impartiendo a los jueces, fiscales, agentes del orden y otros funcionarios una formación apropiada sobre cómo combatir las actitudes discriminatorias hacia esas personas.
  • Intensificar sus esfuerzos y adoptar las medidas necesarias para prohibir la práctica de la denominada “terapia de conversión” contra las personas LGBTI.

👉 Poder Legislativo: Aprobar o revisar la legislación pertinente con miras a reconocer plenamente la igualdad de las personas LGBTI en el acceso a derechos y servicios, y garantizar plenamente a las parejas del mismo sexo la igualdad de trato y todos los derechos reconocidos en el Pacto.

👉 Poder Judicial:Garantizar que los delitos motivados por la discriminación y el odio, especialmente aquellos motivados por la orientación sexual o identidad de género de la víctima, sean investigados exhaustivamente, que los responsables sean llevados ante la justicia y, si son declarados culpables, que sean sancionados adecuadamente, y que las víctimas tengan acceso a una reparación integral.

[Discriminación basada en OSIEG]

👉 Poder Ejecutivo: El Ministerio de Educación implementó la Política Pública para la Erradicación de la Violencia Sexual en el Ámbito Educativo (2024) para prevenir y eliminar todas las formas de violencia y malos tratos en entornos educativos, con un enfoque especial en la protección de mujeres y personas LGBTI+.

👉 Poder Legislativo: No se dispone de información sobre acciones que contribuyan al cumplimiento de dicha recomendación.

👉 Poder Judicial: En 2025, la Corte Constitucional del Ecuador aceptó una Acción Extraordinaria de Protección y declaró vulnerados los derechos a la igualdad y no discriminación, libre desarrollo de la personalidad y de educación de una niña que se encontraba en proceso de reafirmación de su identidad de género. En sentencia dictó que el Ministerio de Educación emita protocolos que garanticen la diversidad sexo-genérica de niñas, niños y adolescentes. Asimismo, se deberá incluir la revisión y modificación de los protocolos de actuación para prevenir y combatir la discriminación por identidad de género en espacios educativos.

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